g. Los trabajadores afiliados tendrán derecho al reconocimiento y cuota de las prestaciones previstas en el presente Decreto. Para intención de procedimientos de rehabilitación las administradoras podrán organizar o contratar directamente en todo tiempo la atención del afiliado, con cargo a sus propios bienes. El Sistema Caudillo de Riesgos https://robertu357ydj7.blogdosaga.com/profile