3. La autoridad judicial española podrá denegar el reconocimiento y la ejecución de una orden o resolución cuando se refiera a hechos que el Derecho español considere cometidos en su totalidad o en una parte importante o essential en territorio español. En el ámbito penal, según lo dispuesto en https://paisessinacuerdodeextradi57686.blogitright.com/28537149/the-2-minute-rule-for-orden-de-detencion-europea-y-entrega-asistencia-legal